
El año 2009 fue uno de los más duros en cuanto a cifras de paro. Por este motivo, el Gobierno aprobó mejores condiciones en la tributación de las indemnizaciones percibidas.
Las principales modificaciones son las siguientes:
Indemnizaciones por despido tras ERE
Las personas que han sido despedidas por un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) son las primeras beneficiadas por las modificaciones aprobadas por el Gobierno. Y es que
se aumenta el límite para no tener que pagar por las indemnizaciones percibidas. De este modo, si antes había que empezar a abonar impuestos como si de rentas del trabajo se tratase a partir de los 20 días, este tope aumenta a los 45 días de salario por año de servicio cobrados, para quienes hayan sido despedidos a partir del 8 de marzo de 2009, aunque sólo hasta un máximo de 42 mensualidades.
Deducción de los 400 euros
Se trata de una deducción de 400 euros en la cuota líquida del IRPF de los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo o de actividades económicas. Pueden beneficiarse de esta deducción los contribuyentes que obtengan rendimientos de trabajo (trabajadores y pensionistas) y aquellos que reciban rendimientos por actividades económicas.
Con efectos desde 1 de enero de 2010 y vigencia indefinida, la deducción por obtención de rendimientos del trabajo o de actividades económicas
será sólo aplicable a contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 12.000 euros y que perciban rendimientos del trabajo o de actividades económicas
Reducción por mantenimiento o creación de empleo
Los empresarios que hayan mantenido o creado empleo tendrán una
reducción del 20% sobre el rendimiento neto positivo declarado. Esta deducción será aplicable para titulares de actividades económicas cuya cifra de negocios para el conjunto de actividades que realicen sea inferior a cinco millones de euros en cada período y tengan una plantilla media inferior a 25 empleados.
Inversión en las SOCIMI
Las SOCIMI son un instrumento destinado a fomentar el alquiler ya que a su favor cuenta con una fiscalidad favorable. Desde la renta de 2009,
se declaran exentos los dividendos distribuidos con cargo a beneficios o reservas de ejercicios.